Jornada Laboral De 65 Horas

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”Inaceptable” una jornada laboral de 65 horas

IGUALDAD, UN PROYECTO DE FUTURO

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El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Así mismo el artículo 9.2 proclama la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra, sean reales y efectivas. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres es un paso más hacia la eliminación de la discriminación y subordinación de las mujeres, convirtiéndose en un referente legislativo clave para la consecución de la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos, especialmente en el laboral. Mujeres y hombres tienen los mismos derechos a la educación, a la salud, al trabajo, .... En el plano teórico y legal esto no admite discusión, pero la realidad es que persisten considerables desigualdades entre géneros en las condiciones de trabajo y de vida, hasta el punto de que, según un estudio de la UE, las mujeres españolas sufren las mayores tasas de discriminación salarial en el empleo, en la contratación, mayor vulnerabilidad a la violencia y el acoso.  (Más)

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